El Consejo de Oficinas Nacionales (CoB)

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¿Qué es El CoB?

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Consejo de Oficinas Nacionales
Consejo de Oficinas Nacionales
Consejo de Oficinas Nacionales

El Consejo de Oficinas Nacionales (“Council of Bureaux – CoB”) es la organización internacional que se ocupa de la protección de las víctimas de accidentes de circulación transfronterizos.

Se estructura en dos pilares de la siguiente manera:

Consejo de Oficinas Nacionales

El CoB coordina las actividades de las diferentes Oficinas Nacionales.

47 Oficinas Nacionales (”Bureaux”) representan a más de 1500 compañías de seguros en 47 países en Europa, el norte de África y Oriente Medio.

El CoB actúa también como Secretaría para los organismos que aplican las Directivas de la Unión Europea en materia de Responsabilidad Civil derivada de la circulación de automóviles: Organismos de Indemnización, Fondos de Garantía y Centros de Información.
= 31 Estados miembros del Espacio Económico Europeo (EEE).

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El CoB opera bajo la tutela de la Organización de Naciones Unidas (ONU) y coopera con las instituciones de la UE, pero no tiene ni condición política ni objetivos políticos ni representa a grupo de presión alguno. La Secretaría del CoB se localiza en Bruselas.

El Sistema de Carta Verde es un mecanismo de protección para víctimas
de accidentes de circulación transfronterizos. Está compuesto por 47 países miembros.

En 1949, se introduce el Sistema de Carta Verde en Europa y alrededores.

  • Promovido por la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (UNECE)
  • Doble objetivo:
    – Alentar el tráfico rodado entre fronteras, eliminando barreras administrativas.
    – Ofreciendo protección a las víctimas de un accidente de circulación causado por un vehículo extranjero.

Objetivo del Sistema = que una póliza de Seguro Obligatorio (“seguro a terceros”)
emitida en un país A sea reconocida en un país B.

El sistema de Carta Verde está condicionado por la existencia de:

Oficina Nacional de Seguro

Establecida en cada país miembro del Sistema, para garantizar que una víctima que sufra daños derivados de un accidente de circulación causado por un vehículo extranjero (de otro país miembro del Sistema) será indemnizada en el país donde ha sufrido el accidente. Esta Oficina del país de ocurrencia del accidente después recobra todas las indemnizaciones que haya pagado de la Oficina del país de donde proviene el vehículo extranjero responsable del accidente. En España esta Oficina es OFESAUTO.

Certificado Internacional de Seguro, antes Carta Verde, válida

Emitida bajo la autorización de la Oficina del país del vehículo responsable del accidente. La Carta Verde proporciona la garantía de que el asegurador que la ha emitido o su Oficina Nacional indemnizará a la víctima de acuerdo a las reglas y normas estipuladas en el país visitado.

El Sistema de Carta Verde ofrece la posibilidad a cada asegurador de nombrar a un corresponsal en cada uno de los países participantes para tramitar y gestionar todas las reclamaciones derivadas de un accidente causado por sus vehículos asegurados. El “Bureau” del país de ocurrencia del accidente garantiza la calidad de la gestión realizada por dichos corresponsales y ante cualquier problema el Bureau tiene siempre la última palabra y decisión sobre el pago de los daños causados.

El Sistema de Carta Verde está basado en reciprocas prestaciones económicas entre sus miembros. Por tanto la confianza mutua y la estabilidad financiera de cada “Bureau” suponen condiciones fundamentales para el funcionamiento global y la continuidad del sistema.

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La Directiva Comunitaria 2009/103/EC mejora aún más el nivel de protección a las victima que residan en el Espacio Económico Europeo (EEE).

El Sistema de Directivas comunitarias (“Protección de visitantes”) se basa en dos aspectos:

  • La noción del territorio en el que cuál un vehículo está normalmente estacionado:
    un vehículo matriculado en uno de los países del EEE se presume válidamente asegurado en su país y puede viajar por el EEE sin poseer una “Carta Verde”. Incluso si el vehículo no estuviese debidamente asegurado, la Oficina Nacional del país donde está normalmente estacionado es garante del mismo.
  • El esquema del procedimiento del Sistema de Protección de visitantes de alguna manera es reflejo del Sistema “Carta Verde”:

Sistema CIS
=
Protege a las víctimas que han sufrido en su país de residencia un accidente de circulación
causado por un vehículo extranjero

El Sistema de las Directivas Comunitarias (“Protección de Visitantes”)
=
Protege a las víctimas de un accidente de circulación sufrido en un país miembro distinto al de su residencia

El Sistema de Directivas Comunitarias engloba diferentes organismos:

Los representantes de Siniestros

Cada asegurador establecido en un país miembro del EEE autorizado para operar en el ramo de la Responsabilidad Civil Obligatoria de vehículos a motor tiene que nombrar en cada Estado miembro del EEE un representante para la gestión de siniestros. Éste representante se encarga de recepcionar, tramitar y liquidar las reclamaciones que las víctimas del estado en el que el representante está establecido le hagan llegar, aunque hayan sufrido el accidente en otro país diferente al de su residencia. En España se puede consultar el registro de representantes de entidades a través de http://oinform.consorseguros.es/

Los Centros de información

De cara a facilitar a la víctima la obtención de información tras un accidente, cada estado miembro dispone de un Centro de Información responsable de mantener un registro de los vehículos asegurados de su Estado; a su vez intercambia y facilita la información sobre los vehículos asegurados en otros Estados miembros, y también informa sobre cuáles son los representantes designados por las compañías aseguradoras de su Estado. En España el Centro de información es el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).

Los organismos de indemnización

Para los accidentes causados en estados miembros del EEE diferentes de donde la víctima tiene su residencia, los Organismos de Indemnización intervendrán:
– En caso de que una compañía aseguradora no haya nombrado a un representante en el estado miembro donde resida la víctima.
– Cuando un asegurador o su representante no facilitan a la víctima una respuesta a una reclamación.
– Si el vehículo que causó el accidente no puede ser identificado o es imposible de localizar a su asegurador.
En España el Organismo de Indemnización en el Sistema de Directivas Comunitarias es OFESAUTO.

Los Fondos de Garantía

El papel de los Fondos de Garantía es indemnizar las consecuencias económicas de un accidente causado por un vehículo no asegurado o no identificado. En España el Fondo de Garantía es el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).

Consejo de Oficinas Nacionales
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El Sistema Carta Verde se extiende a países en Europa, Oriente Medio, y países del área mediterránea. Actualmente (octubre 2014) , suponen 47 países.

Encuentre más información sobre los países, aseguradores, legislación y actividad del CoB
Utilice nuestros buscadores para localizar los datos de contacto del organismo competente
en caso de un accidente con un vehículo extranjero en :

www.ofesauto.es
www.cobx.org

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